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sábado, 9 de octubre de 2010

Autosatisfacen a Facebook por el Dr. Matías Altamira

Autosatisfacen a Facebook

Por m.altamira | Publicado: 17 Agosto 2010

Un Juez de Rafaela, Santa Fe, le ordenó a Facebook, Inc. eliminar de su plataforma el perfil de un supuesto usuario que estaba usurpando la identidad de una persona y a su vez injuriándola al manifestar hechos y circunstancias que eran mentiras. ¿Cuántas órdenes judiciales recibirá Facebook de jueces de muy diversas ciudades del mundo?

(Cuántas veces debo insistir con respecto a lo que sucede en la Sala de Política Nacional de Yahoo!... que debemos tomarnos la molestia y debemos aprender a defendernos si sentimos que han vulnerado nuestra Privacidad ofendiendo, descalificando, INJURIANDO O DIFAMANDO a personas reales, como es el caso de los Blogs con fotos trucadas de muy mal gusto que afectan al Usuario?
Casos varios de los cuales aún me reservo el derecho a re-publicar esperando el consentimiento de los afectados,que en Sala "Copy-Past" o el Nick de Urraeus_ar, lllmaradonalll y varios secuaces más
se encargan de difundir sin medir las consecuencias que esto acarrea en un futuro cercano).-

Sigo con la Nota que recibo de m.altamira, desde Rafaela, prov. de Santa Fe- Rca. Argentina-

La noticia cuenta que a un señor oriundo de Sunchales le usurparon la identidad, le crearon una cuenta en la red social Facebook, le atribuyeron preferencias e inclinaciones sexuales diferentes a las reales, lo que le ocasionó un grave conflicto en el ámbito familiar y laboral, por lo que acudió al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela para requerir una medida autosatisfactiva que ordene a Facebook, Inc. dar de baja a ese usuario específico.

La orden dictada por la jueza Susana M. Rebaudengo se basó en lo resuelto por la Justicia de Rosario, en el caso “Bartomioli Jorge Alberto c/Facebook Inc. s/Medida Autosatisfactiva”, donde el actor -en representación y ejercicio de la patria potestad de su hijo menor de edad- promovió la Medida Autosatisfactiva para que Facebook Inc., disponga la inmediata eliminación de los sitios individualizados con precisión en la demanda, y se abstenga en el futuro de habilitar el uso de enlaces, blogs, foros, grupos, sitios de fans, o cualquier otro espacio web de Facebook.com en los que injurie, ofenda, agreda, vulnere, menoscabe o afecte de cualquier manera, el nombre, el honor, la imagen, la intimidad y/o la integridad del menor Dante Bartomioli.

Ambos casos tienen como denominadores comunes los siguientes:
1) jueces de Tribunales Ordinarios de ciudades argentinas imponen órdenes a una empresa extranjera con presencia en Argentina sólo vía Internet;
2) las empresas extranjeras objetan la competencia del juez para juzgarlas, pero al final cumplen la medida;
3) los afectados reconocen que no son las culpables pero sí las responsables de su difusión; y
4) el domicilio fijado en Nic.Ar sirve para notificar.

El primer aspecto es importante para evacuar las dudas sobre si un juez puede o no decidir sobre cuestiones que suceden únicamente en Internet y cuyos datos no están alojados en su jurisdicción. La respuesta es contundente: sí, puede.
El segundo aspecto está vinculado a la pregunta inicial y vale destacar que Facebook a julio de 2010 cuenta con 500 millones de miembros y traducciones en 70 idiomas, lo que incrementa exponencialmente las posibilidades de recibir órdenes judiciales de cientos de miles de lugares del mundo por cuestiones similares que deberá cumplir, como lo hizo en estos casos comentados.

En el tercer aspecto, los damnificados buscan una solución inmediata -“eliminar esa información perjudicial”- y otra mediata -encontrar al autor, que deberá canalizarse por otra acción distinta a la medida autosatisfactiva que se agota con la eliminación-.

El último aspecto es esencial para que todo estos procesos sean efectivos, ya que si no se pudiera notificar en Argentina, la orden judicial tendría que pasar por Cancillería, buscar un Jjez en California para llegar finalmente a Facebook, lo que desvirtuaría la inminencia del proceso judicial.

http://www.matiasaltamira.com.ar/

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